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Guía Legal
Ley 74/2025: quién puede pedir hoy la ciudadanía italiana
Qué dice la Ley 74/2025 sobre la ciudadanía italiana, sus cuatro excepciones y cómo revisar tu caso con la ciudadanía que tuvieron tus padres y abuelos.

En 30 segundos
- Con la Ley 74/2025, quien nació en el exterior y tiene otra ciudadanía se considera que nunca adquirió la italiana, salvo cuatro excepciones (Gazzetta Ufficiale n. 118, 23/05/2025).
- La excepción que más casos mira: que tu padre, tu madre, tu abuelo o tu abuela haya tenido exclusivamente la ciudadanía italiana.
- Lo primero: anotá qué ciudadanía o ciudadanías tuvieron tus padres y tus abuelos.
Hoy puede pedir la ciudadanía italiana por sangre quien entra en una de las cuatro excepciones de la Ley 74/2025. Si no entrás en ninguna, la ley considera que nunca adquiriste la ciudadanía italiana. La ley no corta «hasta el abuelo» a secas. Pregunta otra cosa: qué ciudadanía tuvo cada persona de tu línea.
Si estás juntando actas, esa es la pregunta que tenés que contestar antes de gastar. Abajo están las cuatro excepciones, una por una, y cómo cruzarlas con tu familia sin adivinar.

¿Qué cambió con la Ley 74/2025?
La Ley n. 74 del 23 de mayo de 2025 convirtió en ley, con cambios, el Decreto-ley 36 del 28 de marzo de 2025. Con eso agregó el artículo 3-bis a la Ley 91 de 1992, la ley de ciudadanía italiana.
El artículo 3-bis fija una regla general. Quien nace en el exterior y tiene otra nacionalidad se considera que nunca adquirió la ciudadanía italiana. La regla vale aunque hayas nacido antes de que existiera la ley.
La ley no habla de un corte por generaciones. Lo que dice es que, si no entrás en alguna de sus excepciones, se considera que nunca adquiriste la ciudadanía italiana.
Qué significa para vos: tener el acta de nacimiento de tu avo (el antepasado nacido en Italia) ya no alcanza para saber si calificás. Si querés hacer el trámite en el consulado, tu caso depende de cómo encajan tus padres y tus abuelos en las excepciones.
¿Cuáles son las cuatro excepciones?
El Consulado General de Italia en Ginebra las enumera en su aviso. Podés pedir el reconocimiento solo si cumplís alguna de estas cuatro:
- Tu ciudadanía ya fue reconocida, o recibiste la comunicación formal de tu turno para presentar la carpeta, a más tardar el 27 de marzo de 2025.
- Tu ciudadanía fue declarada por un juez, por una demanda presentada a más tardar el 27 de marzo de 2025.
- Uno de tus padres o de tus abuelos tenía exclusivamente la ciudadanía italiana (possedeva esclusivamente la cittadinanza italiana).
- Uno de tus progenitores residió de forma legal y continua en Italia por al menos dos años después de adquirir la ciudadanía y antes de tu nacimiento.
El corte tiene hora. Toda solicitud que llegó después de las 23:59, hora de Roma, del 27 de marzo de 2025 sigue las reglas nuevas.
Qué significa para vos: para saber en qué excepción estás, ordená a tu familia generación por generación. De cada persona anotá dos datos: dónde nació y qué ciudadanía tuvo.

¿Qué quiere decir que tu abuelo tuviera «exclusivamente» la ciudadanía italiana?
Quiere decir que uno de tus padres o de tus abuelos tuvo solo la ciudadanía italiana, y ninguna otra. La pregunta es sobre cada persona: qué ciudadanía o ciudadanías tuvo.
No alcanza con probar que tu antepasado nació en Italia. La ley pide que tu padre o tu abuelo haya tenido de forma exclusiva la ciudadanía italiana, sin ninguna otra nacionalidad.
La pregunta no es dónde nació tu antepasado, sino si tu padre o tu abuelo tuvo solo la ciudadanía italiana.
Cómo se prueba esa exclusividad depende del consulado. El de Ginebra pide un certificado de las autoridades locales. Ese documento no es una regla para Argentina o Uruguay.
Qué significa para vos: fijate en la página de tu consulado qué papel pide para probar que tu padre o tu abuelo tuvo solo la ciudadanía italiana.
¿Y si tu antepasado italiano es un bisabuelo?
La ley no nombra a los bisabuelos. La tercera excepción habla de padres y abuelos, así que tu caso depende de las otras generaciones.
Por ejemplo, entrás si tu abuelo o tu padre tuvo exclusivamente la ciudadanía italiana. También entrás si tu padre o tu madre residió de forma legal y continua en Italia al menos dos años después de adquirir la ciudadanía y antes de tu nacimiento.
Para responderlo tenés que ordenar los papeles de cada generación, sin saltear ninguna. Si tu línea es por bisabuelo, leé el análisis de la ciudadanía italiana por bisabuelo después de la ley 74.

¿Qué dijo la justicia italiana sobre el artículo 3-bis?
La Corte Constitucional de Italia revisó el artículo 3-bis en la sentencia 63/2026. Declaró infundadas las cuestiones de constitucionalidad que se habían planteado en su contra. Dicho simple: la Corte no encontró motivos para anularlo.
El tema no terminó ahí. El 23 de julio de 2026, con la ordinanza 147/2026, la Corte le hizo una pregunta prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Una pregunta prejudicial es una consulta de un tribunal nacional al tribunal europeo sobre cómo se interpreta el derecho de la UE.
La Corte preguntó si las restricciones del artículo 3-bis son compatibles con dos artículos de los tratados europeos: el 9 del Tratado de la Unión Europea (TUE) y el 20 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
Mientras el tribunal europeo analiza la pregunta, el artículo 3-bis sigue vigente. Nadie sabe todavía qué va a responder ni cuándo. Si querés el detalle, leé el resumen de la sentencia 63/2026 de la Corte Constitucional.
Qué significa para vos: hoy se aplica la ley tal como está. Revisá tu caso con las cuatro excepciones, no con lo que pueda decir el tribunal europeo.

¿Cambió algo en los turnos de Buenos Aires?
Sí, cambió la forma de pedir el turno, no las condiciones. Desde el 10 de diciembre de 2025, el Consulado General de Italia en Buenos Aires junta todos los turnos de ciudadanía en un solo canal de Prenot@mi, llamado «Ciudadanía».
Esto no modifica lo que exige la ley. Cambia por dónde reservás la entrega de tu carpeta.
Qué significa para vos: antes de pedir turno, confirmá que tu caso entra en una excepción con el test gratuito de elegibilidad.
¿Por dónde empezar?
Esta semana podés ubicar tu caso sin gastar nada:
- Anotá dónde nacieron tu padre, tu madre y tus abuelos, para saber quién nació en Italia.
- Averiguá si cada uno tuvo otra ciudadanía además de la italiana. Si alguno tuvo solo la italiana, marcalo.
- Fijate si tu padre o tu madre residió de forma legal y continua en Italia al menos dos años, después de adquirir la ciudadanía y antes de que nacieras.
- Compará esos datos con las cuatro excepciones antes de encargar traducciones o apostillas.
El paso siguiente es uno solo: cargá esos datos en el test de elegibilidad gratuito y mirá qué vía te indica.
Preguntas frecuentes
¿La ley 74/2025 permite tramitar la ciudadanía italiana por bisabuelo? Solo si entrás en alguna excepción del artículo 3-bis, por ejemplo si tu abuelo o tu padre tuvo exclusivamente la ciudadanía italiana. Si no aplica ninguna excepción, rige la regla general: quien nació en el exterior y tiene otra ciudadanía se considera que nunca adquirió la italiana.
¿Qué pasa si ya tenía turno o había presentado antes del 27 de marzo de 2025? Si tu ciudadanía ya estaba reconocida, o recibiste la comunicación de turno, a más tardar el 27 de marzo de 2025, estás en la primera excepción. Si un juez declaró tu ciudadanía por una demanda presentada hasta esa fecha, estás en la segunda.
¿La consulta a la justicia de la Unión Europea frenó la aplicación de la ley? No. La pregunta que hizo la Corte Constitucional con la ordinanza 147/2026 no suspende el artículo 3-bis. La norma sigue vigente y los consulados aplican sus requisitos mientras se espera la respuesta del Tribunal de Justicia de la UE.
La pregunta — ¿Tu padre o tu abuelo tenía solo la ciudadanía italiana, o también otra?
Esta guía explica normas públicas y no reemplaza el análisis de tu caso. Última revisión: septiembre 2026.
Fuentes
- Gazzetta Ufficiale n. 118 del 23 de mayo de 2025 (Ley 74/2025)
- Gazzetta Ufficiale n. 73 del 28 de marzo de 2025 (Decreto-ley 36/2025)
- Consulado General de Italia en Ginebra, aviso del 9 de septiembre de 2025
- Consulado General de Italia en Buenos Aires, aviso del 9 de diciembre de 2025
- Corte Costituzionale, sentenza n. 63/2026
- EIUS, síntesis jurisprudencial de la sentencia 63/2026
- Corte Costituzionale, ordinanza n. 147/2026