Guía Legal
Corte Constitucional y ciudadanía italiana: qué se decidió en 2026
Qué decidió la Corte Constitucional sobre la ciudadanía italiana en 2026: la sentencia 63/2026, la ordinanza 147/2026 y por qué la ley sigue vigente.

En 30 segundos
- La Corte Constitucional declaró infundadas las cuestiones contra el artículo 3-bis (sentencia 63/2026) y después le hizo una pregunta al Tribunal de Justicia de la UE (ordinanza 147/2026) (Corte Costituzionale).
- El artículo 3-bis sigue vigente y rige para todo trámite nuevo, salvo que cumplas alguna de sus cuatro excepciones.
- Revisá las fechas y las actas de tu línea antes de decidir algo por un titular.
En 2026 la Corte Constitucional italiana hizo dos cosas distintas. Primero rechazó los planteos contra el artículo 3-bis de la Ley 74/2025, en la sentencia 63/2026. Después, con la ordinanza 147/2026, le hizo una pregunta al tribunal de la Unión Europea. Ninguna de las dos cambió la ley: el artículo 3-bis sigue vigente hoy.
Si leíste que «una decisión judicial renueva las esperanzas», es lógico que te ilusiones. Abajo vas a ver qué dijo la Corte, qué falta que responda Europa y cómo leer la próxima noticia sin confundirte.

¿Qué decidió la Corte en la sentencia 63/2026?
La Corte Constitucional declaró infundadas todas las cuestiones de inconstitucionalidad contra el artículo 3-bis de la Ley 91/1992. Ese es el artículo que agregó la Ley 74/2025. Dicho simple: la Corte no anuló la norma.
El caso llegó desde el Tribunal de Turín, con una ordinanza del 25 de junio de 2025. Los jueces de Turín plantearon dudas sobre tres temas:
- Retroactividad (que la norma se aplique hacia atrás) y confianza legítima, según los artículos 2 y 3 de la Constitución italiana.
- El Convenio Europeo de Derechos Humanos.
- El artículo 9 del Tratado de la Unión Europea (TUE) y el 20 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
La Corte declaró infundadas las tres. En sus fundamentos describió el artículo 3-bis como una «preclusión originaria» (un impedimento desde el origen), no como una revocación. También recordó que Italia tiene medidas que facilitan la naturalización de los descendientes.
Qué significa para vos: después de esta sentencia, el artículo 3-bis quedó en pie. Tu caso se sigue mirando con sus cuatro excepciones.
¿Por qué la ordinanza 147/2026 no anula la Ley 74/2025?
Porque la ordinanza no decide nada sobre el fondo. Es una pregunta. La Corte le hace al Tribunal de Justicia de la Unión Europea una pregunta prejudicial: una consulta sobre cómo se interpreta el derecho de la UE.
La ordinanza se depositó el 23 de julio de 2026 y se publicó en la Gazzetta Ufficiale el 29 de julio de 2026. Reúne planteos de los tribunales de Mantua y de Campobasso. La Corte usa el artículo 267 del TFUE, que es la vía para hacer estas consultas.
La pregunta concreta es esta. ¿Los artículos 9 del TUE y 20 del TFUE se oponen a una norma como el artículo 3-bis? Es decir, a una norma que impide desde el origen adquirir la ciudadanía a quien nació en el exterior con otra ciudadanía.
El efecto es acotado. Solo quedó suspendido ese proceso ante la Corte Constitucional, hasta que responda el tribunal europeo. El artículo 3-bis sigue en vigor. Lo que define tu caso sigue estando en tu carpeta, no en los foros.
Qué significa para vos: una pregunta a Europa no es una ley nueva. Hasta que haya respuesta, la regla es la misma.

¿Cómo leer una noticia sobre la ciudadanía sin confundirte?
El 23 de julio de 2026, La Nación tituló: «Ciudadanía italiana: una decisión judicial renueva las esperanzas para miles de argentinos». El título tiene algo cierto: hay una pregunta abierta. Pero no dice que la ley cambió, porque no cambió.
Hacer una pregunta a un tribunal europeo no es derogar una ley. Antes de creerle a un titular, fijate en tres datos:
- Qué tribunal firma la decisión.
- Qué tipo de decisión es. Una sentencia resuelve el caso. Una ordinanza de remisión le pasa una pregunta a otro tribunal.
- Qué cambia en la práctica. Si la ley sigue vigente, se sigue aplicando.
Mientras el tribunal europeo, con sede en Luxemburgo, no responda, la norma que se aplica es la misma.
Una pregunta enviada a los tribunales europeos no suspende la aplicación de la ley italiana ni cambia los requisitos consulares de hoy.
Qué significa para vos: con esas tres preguntas podés leer cualquier noticia sobre tu trámite sin depender de nadie.

¿Cuáles son las excepciones que siguen vigentes?
Para saber si podés pedir el reconocimiento, fijate si tu caso entra en alguna de las cuatro excepciones del artículo 3-bis. Si no entrás en ninguna, se aplica la regla general.
- Ya tenías un turno consular asignado, o ya tenías el reconocimiento, hasta el 27 de marzo de 2025 inclusive.
- Presentaste una demanda judicial en Italia hasta el 27 de marzo de 2025 inclusive.
- Tu padre, tu madre, tu abuelo o tu abuela tenía exclusivamente la ciudadanía italiana.
- Tu padre o tu madre residió de forma legal y continua en Italia al menos dos años, después de adquirir la ciudadanía y antes de tu nacimiento.
Si tu línea es por bisabuelo, leé cómo se aplican estas reglas en los casos por bisabuelo. Así no gastás antes de saber dónde estás.
Qué significa para vos: podés comparar tu línea con estas cuatro reglas en el test gratuito de elegibilidad.

¿Qué sigue sin resolverse?
Hoy nadie sabe cuándo va a responder el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ni qué va a decir. Si alguien te promete una fecha o un resultado, no tiene fuente.
Tampoco sabemos qué hacen los tribunales italianos con los juicios nuevos mientras tanto. Lo que sí sabemos es que el artículo 3-bis sigue en vigor.
Qué significa para vos: planificá con la ley vigente, no con la respuesta que todavía no llegó.
¿Por dónde empezar?
Esta semana podés ver tus opciones reales sin guiarte por rumores:
- Revisá las fechas de corte. Fijate si tenías un turno asignado o una demanda presentada hasta el 27 de marzo de 2025.
- Mirá qué ciudadanía tuvo cada uno. Averiguá si tu padre, tu madre o alguno de tus abuelos tuvo exclusivamente la ciudadanía italiana.
- Revisá la residencia de tus padres. Fijate si tu padre o tu madre residió de forma legal y continua en Italia al menos dos años, después de adquirir la ciudadanía y antes de que nacieras.
- Guardá tus documentos en orden. No encargues traducciones hasta saber en qué excepción entra tu carpeta.
Con esas cuatro respuestas, el paso siguiente es uno: ubicar tu caso en la regla general o en una de las excepciones.
Preguntas frecuentes
¿La Corte Constitucional italiana anuló el límite para bisnietos?
No. La Corte Constitucional no anuló la Ley 74/2025 ni el artículo 3-bis. La sentencia 63/2026 declaró infundadas las cuestiones de inconstitucionalidad, y la norma sigue aplicándose en los consulados.
¿Qué significa que se haya enviado una consulta a la Unión Europea?
Significa que la Corte Constitucional suspendió ese proceso ante ella hasta que respondan los jueces de Luxemburgo. No suspende la vigencia general de la ley.
¿Puedo presentar mi trámite hoy si desciendo de un bisabuelo italiano?
Solo si tu caso entra en alguna de las excepciones del artículo 3-bis, por ejemplo si tenés un abuelo con ciudadanía exclusivamente italiana. Si no, se aplica la regla general del artículo 3-bis.
La pregunta — ¿Tu caso depende hoy de la regla general, o ya entra en alguna de las cuatro excepciones?
Esta guía explica normas públicas y no reemplaza el análisis de tu caso. Última revisión: septiembre 2026.
Fuentes
- Ficha de la Sentencia 63/2026, EIUS, jurisprudencia constitucional
- Sentencia 63/2026, Corte Costituzionale de la República Italiana
- Ordinanza 147/2026, Corte Costituzionale de la República Italiana
- Modifiche dei requisiti per la trasmissione iure sanguinis, Consulado General de Italia en Ginebra, 9 de septiembre de 2025
- Ciudadanía italiana: una decisión judicial renueva las esperanzas, La Nación, 23 de julio de 2026


