Ciudadanía española en Colombia
Ciudadanía española desde Colombia
La Ley de Memoria Democrática permitió a hijos y nietos de españoles optar por la nacionalidad española hasta el 22/10/2025. Ese plazo cerró; según tu caso, quedan otras vías.

Lo que necesitás saber
Si presentaste la solicitud por la Ley de Memoria Democrática antes del 22/10/2025, sigue su curso. Si dentro del plazo pediste turno online, podés presentarla después (Instrucción de la DGSJFP del 5/11/2024).
Si tu padre o tu madre fue originariamente español/a y nació en España, podés optar por la nacionalidad española sin límite de edad (art. 20.1.b del Código Civil).
Si tu padre, madre, abuelo o abuela fue originariamente español/a, te alcanza con 1 año de residencia legal en España para pedirla por residencia (art. 22.2.f del Código Civil).
El Screener tiene una vía para la ciudadanía española: te dice cuál de estas opciones es la tuya.
Si no tenés padre, madre, abuelo ni abuela originariamente español/a: como nacional de un país iberoamericano, la residencia legal que se pide es de 2 años (art. 22.1 del Código Civil).
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